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	Comentarios en: Centrales de Riesgo	</title>
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	<description>Repensando el servicio legal</description>
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		<title>
		Por: FYALEGAL		</title>
		<link>https://fyalegal.com/2023/08/centrales-de-riesgo/#comment-320</link>

		<dc:creator><![CDATA[FYALEGAL]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Aug 2023 21:53:05 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://fyalegal.com/2023/08/centrales-de-riesgo/#comment-318&quot;&gt;Shirley martinez&lt;/a&gt;.

¿Quién califica la el porcentaje de la perdida de capacidad laboral?
Al haber sido presentado recurso contra el dictamen proferido por la Junta regional, quien entra a calificar es la Junta Nacional dentro de la calificación la misma se pronuncia al respecto de porcentaje de la calificación en un solo tramite.
¿Dónde se puede averiguar si la arl hizo el respectivo trámite y pago el costo?
Si no se presenta novedades en la plataforma respecto del proceso puede presentar una solicitud formal frente al estado del proceso a la ARL. y a la Junta Regional .
¿Una vez la junta nacional de su veredicto que sigue de ahí en adelante?
El mecanismo legal para controvertir los pronunciamientos de la Junta Nacional de Calificación de Invalidez es la presentación de demanda laboral ante la Justicia Laboral.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://fyalegal.com/2023/08/centrales-de-riesgo/#comment-318">Shirley martinez</a>.</p>
<p>¿Quién califica la el porcentaje de la perdida de capacidad laboral?<br />
Al haber sido presentado recurso contra el dictamen proferido por la Junta regional, quien entra a calificar es la Junta Nacional dentro de la calificación la misma se pronuncia al respecto de porcentaje de la calificación en un solo tramite.<br />
¿Dónde se puede averiguar si la arl hizo el respectivo trámite y pago el costo?<br />
Si no se presenta novedades en la plataforma respecto del proceso puede presentar una solicitud formal frente al estado del proceso a la ARL. y a la Junta Regional .<br />
¿Una vez la junta nacional de su veredicto que sigue de ahí en adelante?<br />
El mecanismo legal para controvertir los pronunciamientos de la Junta Nacional de Calificación de Invalidez es la presentación de demanda laboral ante la Justicia Laboral.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Por: Shirley martinez		</title>
		<link>https://fyalegal.com/2023/08/centrales-de-riesgo/#comment-318</link>

		<dc:creator><![CDATA[Shirley martinez]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 Aug 2023 19:55:06 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://fyalegal.com/?p=7180#comment-318</guid>

					<description><![CDATA[Muy buenos días 
Mi nombre es shirley 
Abusando de su confianza y sabiendo de su profesionalismo en estos temas les pido el favor que me orienten cuales son los pasos que siguen de ahora en adelante.
El 20 de mayo del 2023 la junta regional dictaminó tres enfermedades laborales
Epicondilitis lateral brazo izquierdo 
Epicondilitis media
Sinovitis y tensovinitis
Según la empresa me manifiesta que la arl impugno el fallo y que solicito la revisión 
Leyendo todos los comentarios que gentil mente les responden a las personas que requieren información  veo que la junta regional deve enviar el fallo a la junta nacional 
Que tiene un tiempo prudencial para enviarlo a la junta nacional. 
Pero que tiene un costo y debe pagarlo quien pide la revisión 
Entrando a la página de la junta nacional no aparece que estuviera en estudio otramite 
En ese caso donde se puede averiguar si la arl hizo el respectivo trámite y pago el costo
Tengo además la duda quien califica la el porcentaje de la perdida de capacidad laboral ?
Es otro trámite aparte o la junta nacional emite este concepto en este mismo fallo?
Una vez la junta nacional de su veredicto que sigue de ahí en adelante 
Les agradezco inmensante mil bendiciones]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Muy buenos días<br />
Mi nombre es shirley<br />
Abusando de su confianza y sabiendo de su profesionalismo en estos temas les pido el favor que me orienten cuales son los pasos que siguen de ahora en adelante.<br />
El 20 de mayo del 2023 la junta regional dictaminó tres enfermedades laborales<br />
Epicondilitis lateral brazo izquierdo<br />
Epicondilitis media<br />
Sinovitis y tensovinitis<br />
Según la empresa me manifiesta que la arl impugno el fallo y que solicito la revisión<br />
Leyendo todos los comentarios que gentil mente les responden a las personas que requieren información  veo que la junta regional deve enviar el fallo a la junta nacional<br />
Que tiene un tiempo prudencial para enviarlo a la junta nacional.<br />
Pero que tiene un costo y debe pagarlo quien pide la revisión<br />
Entrando a la página de la junta nacional no aparece que estuviera en estudio otramite<br />
En ese caso donde se puede averiguar si la arl hizo el respectivo trámite y pago el costo<br />
Tengo además la duda quien califica la el porcentaje de la perdida de capacidad laboral ?<br />
Es otro trámite aparte o la junta nacional emite este concepto en este mismo fallo?<br />
Una vez la junta nacional de su veredicto que sigue de ahí en adelante<br />
Les agradezco inmensante mil bendiciones</p>
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