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	<title>asesoria - FyA Legal</title>
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	<description>Repensando el servicio legal</description>
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	<title>asesoria - FyA Legal</title>
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		<title>Cumplimiento de seguros</title>
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		<dc:creator><![CDATA[FYALEGAL]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Sep 2023 15:36:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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		<category><![CDATA[Empleados]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Que garantías tengo frente al cumplimiento de un seguro, que debo hacer si la aseguradora no quiere responder. En principio, se precisa que un seguro es un contrato entre una persona o empresa y una compañía de seguros en el que la compañía de seguros se compromete a cubrir los riesgos especificados en el contrato [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h2 class="wp-block-heading">Que garantías tengo frente al cumplimiento de un seguro, que debo hacer si la aseguradora no quiere responder.</h2>



<div class="wp-block-file"><a id="wp-block-file--media-29d25b1e-8563-4bbd-808d-956a5108f20e" href="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/09/Cafe-Legal-Vol.-77.pdf"><strong>Café Legal Vol. 77</strong></a><a href="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/09/Cafe-Legal-Vol.-77.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-29d25b1e-8563-4bbd-808d-956a5108f20e">Descargar</a></div>



<p>En principio, se precisa que un seguro es un contrato entre una persona o empresa y una compañía de seguros en el que la compañía de seguros se compromete a cubrir los riesgos especificados en el contrato a cambio del pago de una prima, cuyo contrato se encuentra regulado por el artículo 1036 y ss del código de comercio colombiano.</p>



<div class="wp-block-media-text is-stacked-on-mobile"><figure class="wp-block-media-text__media"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="576" height="1024" src="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/09/19-09-2023-1-Historia-576x1024.jpg" alt="" class="wp-image-7281 size-full" srcset="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/09/19-09-2023-1-Historia-576x1024.jpg 576w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/09/19-09-2023-1-Historia-169x300.jpg 169w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/09/19-09-2023-1-Historia-768x1365.jpg 768w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/09/19-09-2023-1-Historia-864x1536.jpg 864w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/09/19-09-2023-1-Historia-600x1067.jpg 600w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/09/19-09-2023-1-Historia.jpg 1080w" sizes="(max-width: 576px) 100vw, 576px" /></figure><div class="wp-block-media-text__content">
<p><span style="font-family:&quot;Century Gothic&quot;,sans-serif">En lo que respecta a la garantía, esta consiste en que el tomador asegurado sea veraz a la hora de suministrar un enunciado condicional, relativo a circunstancias que pueden ser previas o posteriores a la celebración del contrato de seguro, pero tengan incidencia, esto con fundamento en la confianza mutua y la buena fe.</span></p>



<p>Al respecto, la H. Corte Suprema de justicia se refirió a la clasificación de las garantías en el contrato de seguro indicando que estas pueden ser:</p>



<p>Garantías afirmativas: Las cuales versan sobre hechos previos a la contratación del seguro, estas garantías conllevan para el tomador asegurado corroborar la existencia de un hecho preexistente y relevante para evaluar el riesgo asegurado por parte de la aseguradora, en consecuencia, su inobservancia afecta la validez de lo pactado.</p>



<p><span style="font-family:&quot;Century Gothic&quot;,sans-serif"> </span></p>
</div></div>



<p>Garantías de conducta: Estas garantías que se refieren a hechos del futuro, posteriores a la celebración del contrato de seguro, en este caso el tomador asegurado debe en el término de vigencia del seguro generalmente, realizar ciertas acciones con el fin de materializar su promesa de hacer o no hacer algo, o de cumplir cierto requerimiento para la materialización del seguro.</p>



<p>Estas garantías conllevan a que el asegurado tome ciertas medidas tendientes a reducir el riesgo de que ocurra el siniestro y en consecuencia de no hacerlo estaría afectaría el novel de riesgo analizando a la hora de pactar el contrato de seguro.</p>



<p>El artículo 1061 del Código de Comercio establece que la inobservancia de los compromisos asumidos por el tomador asegurado así como otras faltas que atentan contra una equitativa y justa determinación o conservación del riesgo asegurado otorgan a la aseguradora la potestad de solicitar la anulación del contrato o en su defecto el derecho a terminar el contrato de forma unilateral y retroactiva, a partir del mismo momento en el que su contraparte faltó a su palabra.</p><p>The post <a href="https://fyalegal.com/2023/09/cumplimiento-de-seguros/">Cumplimiento de seguros</a> first appeared on <a href="https://fyalegal.com">FyA Legal</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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		<title>Constitucion de Sociedades Anónimas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[FYALEGAL]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Jun 2023 20:15:44 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[asesoria]]></category>
		<category><![CDATA[crear empresa]]></category>
		<category><![CDATA[Sector Privado]]></category>
		<category><![CDATA[sociedad anomina]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Cuál es el número mínimo de accionistas para constituir una Sociedad Anónima en Colombia? La Sociedad Comercial es una asociación de personas naturales o jurídicas dedicadas a una actividad comercial de la que se persigue un lucro o ganancia que se reparte entre los participantes o socios, de acuerdo con la proporción de sus aportes [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div class="wp-block-file"><a id="wp-block-file--media-e9c704c7-27c2-416d-b653-2778b9929059" href="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/06/Cafe-Legal-Vol.-65.pdf">Cafe-Legal-Vol.-65</a><a href="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/06/Cafe-Legal-Vol.-65.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-e9c704c7-27c2-416d-b653-2778b9929059">Descargar</a></div>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuál es el número mínimo de accionistas para constituir una Sociedad Anónima en Colombia?</h2>



<p>La Sociedad Comercial es una asociación de personas naturales o jurídicas dedicadas a una actividad comercial de la que se persigue un lucro o ganancia que se reparte entre los participantes o socios, de acuerdo con la proporción de sus aportes y a la naturaleza de la Sociedad.</p>



<p><strong>CÓMO CONSTITUIR UNA SOCIEDAD?</strong></p>



<p>Se debe elegir el tipo societario que se desea constituir y la razón social de la misma. De acuerdo con la ley colombiana, son cinco las formas más comunes de sociedades comerciales: sociedad anónima, sociedad por acciones simplificada (SAS), sociedad de responsabilidad limitada, sociedad en comandita (simple o por acciones) y sociedad colectiva.</p>



<p>La sociedad anónima es una forma societaria que se caracteriza por ser abierta, por ser una sociedad de capital, en la que el capital se divide en acciones de igual valor, que se puede cotizar en la bolsa de valores, y donde los socios responden de forma limitada al monto de sus aportes a la sociedad.</p>



<p>La sociedad anónima es una de las figuras más utilizadas en la constitución de empresas, y está conformada por un número plural de socios que no puede ser menor a cinco (5) socios y un máximo ilimitado, es decir, que mínimo debe tener 5 socios sin límite superior.</p>



<p>La razón social debe estar seguida por la sigla S.A, y en Colombia está regulada por el código de comercio a partir de su artículo 373.</p>



<div class="wp-block-media-text alignwide is-stacked-on-mobile"><figure class="wp-block-media-text__media"><img decoding="async" width="576" height="1024" src="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/06/27-06-2023-1-Historia-576x1024.jpg" alt="" class="wp-image-6928 size-full" srcset="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/06/27-06-2023-1-Historia-576x1024.jpg 576w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/06/27-06-2023-1-Historia-169x300.jpg 169w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/06/27-06-2023-1-Historia-768x1365.jpg 768w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/06/27-06-2023-1-Historia-864x1536.jpg 864w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2023/06/27-06-2023-1-Historia.jpg 1080w" sizes="(max-width: 576px) 100vw, 576px" /></figure><div class="wp-block-media-text__content">
<p>La sociedad anónima como cualquier tipo de sociedad comercial debe ser constituida mediante escritura pública, la cual debe ser inscrita en el registro mercantil de la cámara de comercio del asiento principal de la sociedad y de las sucursales, en este tipo de sociedad la responsabilidad de los socios va hasta la cantidad de sus aportes.</p>



<p>Recordemos que de acuerdo con el artículo 110 del código de comercio toda sociedad comercial se debe constituir mediante escritura pública, y sólo cuando una ley particular considera suficiente un documento privado, podrá prescindirse de la escritura pública, como es el caso de la S.A.S.</p>



<p>Sin embargo, en aplicación del artículo 22 de la ley 1014 de 2006, la sociedad anónima se puede crear con un documento privado cuando sus activos sean inferiores a 500 salarios mínimos, o como máximo 10 trabajadores.</p>



<p>La razón social de este tipo de sociedad siempre debe estar precedida de la palabra sociedad anónima o de las letras S.A., la falta de esta palabra en el contrato social hará a los administradores responsables de manera solidaria respecto a las operaciones que realicen, según lo establecido en el inciso final del artículo 373 del código de comercio el cual establece lo siguiente:</p>
</div></div>



<p>«La sociedad anónima se formará por la reunión de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes; será administrada por gestores temporales y revocables y tendrá una denominación seguida de las palabras &#8220;Sociedad Anónima&#8221; o de las letras &#8220;S A.&#8221;</p>



<p>Si la sociedad se forma, se inscribe o se anuncia sin dicha especificación, los administradores responderán solidariamente de las operaciones, sociales que se celebren.»</p>



<p>Seguidamente se debe gestionar la inscripción de la sociedad en el Rut para que le sea asignado el número de identificación tributaria a fin de dar cumplimiento a las obligaciones tributarias que surgen a partir de su constitución.</p>



<p>No se establece un número máximo de socios para que se conforme este tipo de sociedad, sin embargo, esta debe estar constituida mínimo por cinco socios o accionistas como los denomina el código de comercio, el capital social de la sociedad anónima esta representado en acciones las cuales pueden ser nominativas o al portador.</p>



<p>Por su parte el artículo 376 del mismo código señala que se debe suscribir por lo menos el 50% del capital autorizado, y se debe pagar como mínimo la tercera parte del capital suscrito.</p>



<p>* El capital social de la sociedad anónima está constituido por acciones de igual valor, que son o pueden ser negociables o transferibles en el mercado de valores o de forma directa.</p>



<p>* La sociedad anónima cuenta con los siguientes órganos de administración considerados por el código de comercio colombiano:</p>



<ul>
<li>Asamblea general de accionistas.</li>



<li>Junta directiva.</li>



<li>Representante legal</li>
</ul>



<p>Las S.A. son un tipo de sociedad mercantil en el que la responsabilidad de los socios se limita al capital que han aportado. La Sociedad Anónima es el ejemplo más claro de sociedad capitalista en el mundo empresarial y económico</p><p>The post <a href="https://fyalegal.com/2023/06/constitucion-de-sociedades-anonimas/">Constitucion de Sociedades Anónimas</a> first appeared on <a href="https://fyalegal.com">FyA Legal</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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		<title>FUNCIONES DE UN SINDICATO</title>
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		<dc:creator><![CDATA[FYALEGAL]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 May 2022 15:52:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Laboral]]></category>
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		<category><![CDATA[Empleados]]></category>
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		<category><![CDATA[Ministerio del Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Cuáles son las funciones de un sindicato? Previo a contestar la pregunta, es preciso señalar que los sindicatos son organizaciones libremente constituidas por trabajadores bien sea del sector privado y/o público, quienes con fundamento en el artículo 39 de la Constitución Política se asocian libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos, [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuáles son las funciones de un sindicato?</strong></h2>



<div class="wp-block-file"><a id="wp-block-file--media-0ac765f0-e291-4a2e-98ad-67c0e184ed1a" href="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2022/05/Cafe-Legal-Vol.-37.pdf"><strong>Café Legal Vol. 37</strong></a><a href="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2022/05/Cafe-Legal-Vol.-37.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-0ac765f0-e291-4a2e-98ad-67c0e184ed1a">Descargar</a></div>



<p>Previo a contestar la pregunta, es preciso señalar que los sindicatos son organizaciones libremente constituidas por trabajadores bien sea del sector privado y/o público, quienes con fundamento en el artículo 39 de la Constitución Política se asocian libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos, los cuales pueden ser de empresa, de industria, gremiales o de oficios varios.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="640" src="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2022/05/Cafe-Legal-37b-1024x640.jpg" alt="" class="wp-image-4689" srcset="https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2022/05/Cafe-Legal-37b-1024x640.jpg 1024w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2022/05/Cafe-Legal-37b-300x188.jpg 300w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2022/05/Cafe-Legal-37b-768x480.jpg 768w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2022/05/Cafe-Legal-37b-1536x960.jpg 1536w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2022/05/Cafe-Legal-37b-600x375.jpg 600w, https://fyalegal.com/wp-content/uploads/2022/05/Cafe-Legal-37b.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">OBJETIVO DE LOS SINDICATOS</h2>



<p>Los sindicatos tienen como objetivo principal representar los intereses de los trabajadores frente al empleador, lo cual se manifiesta primordialmente en la integración de comisiones de diferente índole, en la designación de delegados o comisionados, en la presentación de pliego de peticiones, en la negociación colectiva y la celebración de convenciones colectivas y contratos colectivos, en la declaración de huelga y la designación de árbitros de acuerdo con las previsiones de los artículos 373 y 374 del C.S.T.</p>



<p>Conforme al artículo 373 del Código Sustantivo del Trabajo, son funciones principales de los sindicatos:</p>



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<div class="wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow">
<ul type="1">
<li><em>Estudiar las características de la respectiva profesión y los salarios, prestaciones, honorarios, sistemas de protección o de prevención de accidentes y demás condiciones de trabajo referentes a sus asociados para procurar su mejoramiento y su defensa.</em></li>



<li><em>Propulsar el acercamiento de {empleadores} y trabajadores sobre las bases de justicia, de mutuo respeto y de subordinación a la ley, y colaborar en el perfeccionamiento de los métodos peculiares de la respectiva actividad y en el incremento de la economía general.</em></li>



<li><em>Celebrar convenciones colectivas y contratos sindicales; garantizar su cumplimiento por parte de sus afiliados y ejercer los derechos y acciones que de ellos nazcan.</em></li>



<li><em>Asesorar a sus asociados en la defensa de los derechos emanados de un contrato de trabajo o de la actividad profesional correspondiente, y representarlos ante las autoridades administrativas, ante los {empleadores} y ante terceros.</em></li>



<li><em>Representar en juicio o ante cualesquiera autoridades u organismos los intereses económicos comunes o generales de los agremiados o de la profesión respectiva, y representar esos mismos intereses ante los {empleadores} y terceros en caso de conflictos colectivos que no hayan podido resolverse por arreglo directo, procurando la conciliación.</em></li>
</ul>
</div>



<div class="wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow">
<ul type="1">
<li><em>Promover la educación técnica y general de sus miembros;</em></li>



<li><em>Prestar socorro a sus afiliados en caso de desocupación, enfermedad, invalidez o calamidad;</em></li>



<li><em>Promover la creación y fomentar el desarrollo de cooperativas, cajas de ahorros, préstamos y auxilios mutuos, escuelas, bibliotecas, institutos técnicos o de habilitación profesional, oficinas de colocación, hospitales, campos de experimentación o de deportes y demás organismos adecuados a los fines profesionales, culturales, de solidaridad y previsión contemplados en los estatutos;</em></li>



<li><em>Servir de intermediarios para la adquisición y distribución entre sus afiliados de artículos de consumo, materias primas y elementos de trabajo a precio de costo; y</em></li>



<li><em>Adquirir a cualquier título y poseer los bienes inmuebles y muebles que requieran para el ejercicio de sus actividades.”</em></li>
</ul>
</div>
</div>



<p>Por su parte, el articulo 374 ibidem, señala como deberes adicionales de las organizaciones sindicales y sindicatos las siguientes:</p>



<div class="wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-layout-2 wp-block-columns-is-layout-flex">
<div class="wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow">
<ul type="1">
<li><em>Designar de entre sus propios afiliados las comisiones de reclamos permanentes o transitorias, y los delegados del sindicato en las comisiones disciplinarias que se acuerden.</em></li>



<li><em>Presentar pliegos de peticiones relativos a las condiciones de trabajo o a las diferencias con los {empleadores}, cualquiera que sea su origen y que no estén sometidas por la ley o la convención a un procedimiento distinto, o que no hayan podido ser resueltas por otros medios.</em></li>
</ul>
</div>



<div class="wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow">
<ul type="1">
<li><em>Adelantar la tramitación legal de los pliegos de peticiones, designar y autorizar a los afiliados que deban negociarlos y nombrar los conciliadores y árbitros a que haya lugar, y</em></li>



<li><em>Declarar la huelga de acuerdo con los preceptos de la Ley.”</em></li>
</ul>
</div>
</div>



<p>En corolario, los sindicatos tienen como objetivo principal velar por el bienestar de sus afiliados, miembros o sindicalizados<em>, </em>procurando generar mediante la unidad, la suficiente fuerza y capacidad de negociación para establecer una dinámica de diálogo social entre el empleador y los trabajadores, procurando el crecimiento conjunto para las partes al tiempo que se busca un mejoramiento en las condiciones de empleo.</p><p>The post <a href="https://fyalegal.com/2022/05/funciones-de-un-sindicato/">FUNCIONES DE UN SINDICATO</a> first appeared on <a href="https://fyalegal.com">FyA Legal</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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