Hoy vence el plazo para consignar las cesantías
PRESTACIÓN SOCIAL
La prestación social que está regulada en el artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) debe pagarse a todo trabajador dependiente, que incluye personal del servicio doméstico, trabajadores por días y de tiempo parcial.
El valor a liquidar como cesantías corresponde a un salario mensual por cada año trabajado o proporcional al periodo de tiempo laborado durante el año comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
La fórmula para hacer el cálculo es:
Salario mensual x días trabajados / 360
PROPÓSITO
El propósito de las cesantías es ofrecer protección al trabajador cuando se encuentre cesante o sin empleo; sin embargo, puede hacer uso de las mismas con retiros parciales para adquisición o remodelación de vivienda y/o estudios de educación superior.
Este beneficio se liquida anualmente y equivale al periodo comprendido entre el 1º de enero y 31 de diciembre de cada año o al tiempo proporcional laborado.