Tarjeta Profesional de Abogados

Cuál es la tarifa que se paga para obtener la tarjeta profesional de abogado y como se tramita

La tarifa establecida para  el cambio de formado, solicitud de duplicado  o la expedición de la tarjeta profesional de abogado, para cualquiera de los tramites seguirá teniendo un costo de $50.000, los cuales deberán ser consignados a favor de la rama de judicial.

Ahora para la inscripción y la expedición de la tarjeta profesional de abogado el interesado deberá presentar ante el consejo seccional de la judicatura que elija, el formulario único para múltiples tramites totalmente diligenciado, a través del proceso de prescripción en línea desde la pagina   https://sirna.ramajudicial.gov.co, junto con los siguientes documentos:

  • Fotocopia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería vigente o permiso por protección temporal (PPT) vigente.
  • Una fotografía digital reciente, fondo azul, preferiblemente en formato JPG, JPEG, PNG o BMP.
  • Copia o fotocopia del acta de grado. Cuando el título haya sido otorgado por universidades extranjeras se requiere del documento que acredite la convalidación expedida por el Ministerio de Educación Nacional o la autoridad competente y la fecha de grado corresponderá a la de expedición del documento de convalidación del título.
  • Recibo de consignación por el valor establecido y vigente para la expedición de la tarjeta profesional de abogado (Banco BBVA, cuenta de ahorros 00130034290200462655, a nombre de DTN RAMA JUDICIAL ADMINISTRACION JUDICIAL y valor de $ 50.000).
  • Certificación expedida por el Consejo Superior de la Judicatura que acredita la aprobación del examen de Estado ordenado por la Ley 1905 de 2018.

Mientras se desarrollan las fases necesarias para la implementación del examen de Estado, los destinatarios de la Ley 1905 del 2018 podrán solicitar, sin la acreditación del certificado de aprobación del examen, su inscripción en el Registro Nacional de Abogados y la expedición de la tarjeta, que tendrá vigencia provisional hasta la publicación de los resultados de la primera prueba.

Quienes obtengan la tarjeta con vigencia provisional, una vez se disponga la aplicación del examen del Estado, deberán presentarlo y acreditar su aprobación, para que se sea expedida la tarjeta profesional definitiva.

Lo anterior se encuentra previsto en el artículo 2° del Acuerdo PCSJA22-11985 del 2022.

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